MONEDA SOCIAL, LAS PREGUNTAS DE LOS COMERCIANTES
¿Por qué razón me conviene adherirme a la moneda social?
Para
aumentar ventas. Usted tiene que pensar si la disminución de público se
debe a que sus productos no son deseados o si, por el contrario, se
debe a que, deseándolos, la gente no los puede comprar porque no tiene
euros. La moneda social proporciona a los compradores un medio de pago
complementario al euro, aumentando la cantidad de dinero en circulación y
por consiguiente estimulando las ventas.
¿Pero si me pagan en moneda social, cómo pago a mis proveedores?
Supongamos
que trabaja usted con un margen X, da lo mismo si es el 60% o el 10%,
lo que está claro es que a su proveedor lo más seguro es que le tenga
que pagar en euros, por consiguiente le sugerimos que venda sus
artículos en moneda mixta: X en euros y 100 menos X en moneda social.
Concretando, si su margen es del 35% en un producto cuyo precio usted lo
ha fijado en €100, puede venderlo por €65 más el equivalente a €35 en
moneda social.
¿Si igualmente lo vendo por un total equivalente a €100, por qué el cliente me va a comprar ahora si antes no lo hacía?
Porque
en principio el cliente no se queja de que su producto sea caro sino
que su problema es que no tiene euros suficientes. Al reducir la
cantidad de euros que usted le exige, está facilitando la venta, aunque
no baje el precio. Dése cuenta de que el camino tradicional para
aumentar ventas, que consiste en bajar el precio, representa una merma
de su margen comercial que muy rápidamente le puede llevar a tener
pérdidas, en cambio si cobra su margen en moneda social facilita la
venta sin perder margen.
¿Pero qué hago yo con la moneda social?
Hace
usted lo mismo que su cliente, es decir comprar en los establecimientos
que la acepten. El agua y la electricidad seguramente los tendrá que
pagar en euros, pero ya el alquiler puede negociar una parte en moneda
social, ahora que los alquileres están bajando. Por lo que respecta a su
sustento personal, que obtiene de su margen, según datos del Instituto
Nacional de Estadística un 90% de la "cesta de la compra" se realiza en
tiendas locales, que pueden aceptar la moneda local, y sólo el 10%
corresponde a compras externas a la localidad, por consiguiente en
euros. Además, le interesa saber que existen ciudades y pueblos donde
las empresas han establecido redes de intercambio basadas en la moneda
social, o sea que su utilidad no está limitada a las ventas al por
menor. Esta moneda es SU moneda, pensada para darle mayor liquidez y
favorecer los intercambios; la imaginación de los empresarios pone el
resto.
¿Cuántos comerciantes aceptan ya la moneda local?
Todas
las cosas empiezan un día y tienen un período de lanzamiento. Está
claro que usted puede pensar que tiene un cierto riesgo hasta el día en
que el número de comerciantes sea razonablemente elevado. Nosotros no
queremos que usted corra ningún riesgo y le proponemos que empiece con
un 10% (5% segun el ramo) en moneda social, con lo que lo peor que le
podría ocurrir es que habría hecho un 10% (5%) de descuento en la venta
si no pudiese cambiar la moneda social por productos o servicios que le
interesen, pero piense que de no haberlo hecho seguramente no hubiese
hecho esa venta, con lo que en realidad ha ganado más que ha perdido. A
nosotros nos basta con su compromiso de aumentar ese porcentaje en
moneda social el día en que le mostremos que hemos doblado el número de
comerciantes que la aceptan.
¿Qué ocurre con el IVA?
No hay cambios respecto a su situación actual, mismo tipo, el mismo importe, se cobra en euros y se paga en euros. La parte que usted cobre en OSEL no estara sujeta a este impuesto.
¿Es legal lo que estáis haciendo?
Sin
ninguna duda, los estatutos del Banco Central Europeo prohiben a
cualquier otra persona o entidad "emitir billetes de banco denominados
en euros", lo cual sería un delito tipificado como falsificación de
dinero. Nuestra moneda no son euros ni pretende sustituir al euro, es lo
que en Europa se llaman monedas sociales o monedas locales, un sistema
de promoción del comercio plenamente aceptado.
Texto de Jordi Griera.
¿Podéis explicar por qué la parte cobrada en OSEL no está sujeta a IVA? Y, si no está sujeta a IVA, ¿la tengo que facturar o mejor no? ¿No es esta moneda social, como otras tantas, una forma de fraude fiscal?
ResponderEliminarUna pregunta, está sujeto al IVA el trabajo de un padre, o el favor de un amigo... esta es un red local de proximidad que se basa en la confianza y el apoyo mutuo, no en el lucro individual de nadie. Luego no hay valor añadido que cobrar desde que no hay garantía del valor monetario por parte del Estado.
ResponderEliminarDe todos modos no nos negaríamos a pagar ningún tipo de impuestos (IVA incluido) siempre que se hagan en oseles, puesto que nosotros no trabajamos en euros, claro que la parte correspondiente de euros es responsabilidad individual del que la haga, no del colectivo que sólo se hace responsable de la parte de transacción en oseles.