Beneficios para Comercios

MONEDA SOCIAL, LAS PREGUNTAS DE LOS COMERCIANTES

¿Por qué razón me conviene adherirme a la moneda social?
 
Para aumentar ventas. Usted tiene que pensar si la disminución de público se debe a que sus productos no son deseados o si, por el contrario, se debe a que, deseándolos, la gente no los puede comprar porque no tiene euros. La moneda social proporciona a los compradores un medio de pago complementario al euro, aumentando la cantidad de dinero en circulación y por consiguiente estimulando las ventas.

¿Pero si me pagan en moneda social, cómo pago a mis proveedores?


Supongamos que trabaja usted con un margen X, da lo mismo si es el 60% o el 10%, lo que está claro es que a su proveedor lo más seguro es que le tenga que pagar en euros, por consiguiente le sugerimos que venda sus artículos en moneda mixta: X en euros y 100 menos X en moneda social. Concretando, si su margen es del 35% en un producto cuyo precio usted lo ha fijado en €100, puede venderlo por €65 más el equivalente a €35 en moneda social.

¿Si igualmente lo vendo por un total equivalente a €100, por qué el cliente me va a comprar ahora si antes no lo hacía?

Porque en principio el cliente no se queja de que su producto sea caro sino que su problema es que no tiene euros suficientes. Al reducir la cantidad de euros que usted le exige, está facilitando la venta, aunque no baje el precio. Dése cuenta de que el camino tradicional para aumentar ventas, que consiste en bajar el precio, representa una merma de su margen comercial que muy rápidamente le puede llevar a tener pérdidas, en cambio si cobra su margen en moneda social facilita la venta sin perder margen.

¿Pero qué hago yo con la moneda social?

Hace usted lo mismo que su cliente, es decir comprar en los establecimientos que la acepten. El agua y la electricidad seguramente los tendrá que pagar en euros, pero ya el alquiler puede negociar una parte en moneda social, ahora que los alquileres están bajando. Por lo que respecta a su sustento personal, que obtiene de su margen, según datos del Instituto Nacional de Estadística un 90% de la "cesta de la compra" se realiza en tiendas locales, que pueden aceptar la moneda local, y sólo el 10% corresponde a compras externas a la localidad, por consiguiente en euros. Además, le interesa saber que existen ciudades y pueblos donde las empresas han establecido redes de intercambio basadas en la moneda social, o sea que su utilidad no está limitada a las ventas al por menor. Esta moneda es SU moneda, pensada para darle mayor liquidez y favorecer los intercambios; la imaginación de los empresarios pone el resto.

¿Cuántos comerciantes aceptan ya la moneda local?


Todas las cosas empiezan un día y tienen un período de lanzamiento. Está claro que usted puede pensar que tiene un cierto riesgo hasta el día en que el número de comerciantes sea razonablemente elevado. Nosotros no queremos que usted corra ningún riesgo y le proponemos que empiece con un 10% (5% segun el ramo) en moneda social, con lo que lo peor que le podría ocurrir es que habría hecho un 10% (5%) de descuento en la venta si no pudiese cambiar la moneda social por productos o servicios que le interesen, pero piense que de no haberlo hecho seguramente no hubiese hecho esa venta, con lo que en realidad ha ganado más que ha perdido. A nosotros nos basta con su compromiso de aumentar ese porcentaje en moneda social el día en que le mostremos que hemos doblado el número de comerciantes que la aceptan.

¿Qué ocurre con el IVA?

No hay cambios respecto a su situación actual, mismo tipo, el mismo importe, se cobra en euros y se paga en euros. La parte que usted cobre en OSEL no estara sujeta a este impuesto.


¿Es legal lo que estáis haciendo?


Sin ninguna duda, los estatutos del Banco Central Europeo prohiben a cualquier otra persona o entidad "emitir billetes de banco denominados en euros", lo cual sería un delito tipificado como falsificación de dinero. Nuestra moneda no son euros ni pretende sustituir al euro, es lo que en Europa se llaman monedas sociales o monedas locales, un sistema de promoción del comercio plenamente aceptado.



Texto de Jordi Griera.

2 comentarios:

  1. ¿Podéis explicar por qué la parte cobrada en OSEL no está sujeta a IVA? Y, si no está sujeta a IVA, ¿la tengo que facturar o mejor no? ¿No es esta moneda social, como otras tantas, una forma de fraude fiscal?

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  2. Una pregunta, está sujeto al IVA el trabajo de un padre, o el favor de un amigo... esta es un red local de proximidad que se basa en la confianza y el apoyo mutuo, no en el lucro individual de nadie. Luego no hay valor añadido que cobrar desde que no hay garantía del valor monetario por parte del Estado.
    De todos modos no nos negaríamos a pagar ningún tipo de impuestos (IVA incluido) siempre que se hagan en oseles, puesto que nosotros no trabajamos en euros, claro que la parte correspondiente de euros es responsabilidad individual del que la haga, no del colectivo que sólo se hace responsable de la parte de transacción en oseles.

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